Arq. Abiel Treviño Aldape
Durante el pasado curso de verano en la Uni, en la materia de Taller de Proyectos Urbanos I de sexto semestre, tuvimos como tema a desarrollar, un “fraccionamiento sustentable” para el segmento socioeconómico medio. Al entrar al tema sobre el área de sesión municipal (que suele fluctuar entre un 17% al 25% del área vendible, o los típicos veintidós metros cuadrados por cada lote comercializable), entre los muchachos surgió la discusión de que al “cubrir con esta cuota”, o (tratando de ser sustentables) dejar un poco más de área libre (que luego podría ser prorrateada en costo entre las propiedades en venta) y que a fin de cuentas se traduciría en más espacio de convivencia vecinal, este espacio (que tiene por vocación convertirse en plazas y parques vecinales) en principio tendría que darle servicio sólo a los vecinos de ese fraccionamiento, y que personas externas a este no debería tener acceso, pensando en gente indeseable, o de un perfil non grato a los ojos de los residentes.
Reflexionando un poco sobre este evento e hilándolo con otro sucedido hace poco más o menos un año, con muchachos de octavo semestre, en la materia Diseño Urbano II, y donde el tema del semestre fue una intervención urbana en Ciudad Universidad, hubo comentarios bastante parecidos a los mencionados líneas arriba; ¿por qué gente externa a la Universidad (léase, no alumnos o trabajadores universitarios) deberían tener acceso a las áreas verdes para disfrutarlas como propias?
Pudieran interpretarse como hechos inconexos, pero como comentaba anteriormente, se revela un hilo conductor que debemos atacar desde las aulas, desde la familia, desde las diferentes asociaciones civiles y gremiales, en otras palabras, desde la sociedad civil en general: el fomento de la libre convivencia en los espacios públicos.
La Constitución mexicana, en el artículo Tercero, Fracción II (referente a la educación) habla de luchar “contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios”, y promueve en su inciso c, la contribución a la mejor convivencia humana, así como “la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos.”
Fraternidad e igualdad de derechos. Porque tendríamos que diferenciar y segregar el acceso a las áreas públicas a alguien que se vea o sea diferente.
Conservemos el respeto y superemos el veto.
Bibliografía
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Diario Oficial de la Federación (reformada al 17-08-2011.)
