Arq. Abiel Treviño Aldape
Queda manifiesto que las Leyes son necesarias para el desarrollo de la vida cotidiana, así como para coadyuvar a un apropiado futuro colectivo. Asientan cuáles son nuestras obligaciones y nuestros derechos.
Al igual que las ciudades y sus habitantes, nacen, se desarrollan y sucumben ante el inexorable paso del almanaque. Estas están en constante revisión para adecuarse a las vicisitudes de cada época.
Habría que reflexionar, evaluar y consignar si puede determinarse un número óptimo de leyes, así como de su contenido, pues propendemos a reglamentar una buena cantidad de actividades y acciones civiles y gubernamentales.
Aludiendo al reino de Utopía, confeccionado por Moro —quién era conocedor de leyes y jurisprudencia— cavilaba que en otros países (diferentes a su Utopía) hay muchas leyes y su cumplimiento es difícil. Apuntamos textualmente que: “allí, en cambio [en Utopía], todos son jurisperitos, pues, como lo he dicho, las leyes son muy pocas y cuanto más simple es su interpretación pasa por ser tanto más equitativa (Moro: 145).
¿Cuántas leyes conoce el lector?, siendo más conciso ¿Cuántas leyes o instrumentos legales aplicables al desarrollo urbano y/o a la construcción hay en Nuevo León? ¿Con que periodicidad se revisan? ¿Se modifican o robustecen; o se abrogan o derogan?
Tomando como ejemplo, la reciente Ley Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, publicada en el Diario Oficial de Estado (DOE) el 09-09-2009, contiene la friolera de 383 artículos más 10 transitorios. Esta ley, remplazó a la antes llamada Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León (LOTAHDU, publicada en el DOE del 03-03-1999) que no estaba alejada de su antecesora, pues contenía 309 artículos más 10 transitorios. Una década transcurrió para presentar y aprobar una iniciativa de revisión de la ley que regula la fundación, crecimiento, conservación y mejoramiento de los centros de población de nuestro Estado; abultando además la cantidad de artículos en casi un 25%.
Si retomamos a Tomás Moro, recordemos que en su sociedad democrática ideal las leyes se promulgaban de forma sucinta (en cantidad, como en contenido) buscando que estuviera al alcance de cada ciudadano su cabal comprensión, y tener claro cómo proceder.
Actualmente contamos con un aprovisionamiento legal bastante nutrido y considerable: leyes, reglamentos, decretos, convenios y acuerdos, así como planes y programas.
Cerca del quingentésimo aniversario de publicada la Utopía, ¿Estaremos en condiciones de lograr ese equilibrio y moderación legal?
Bibliografía
MORO, Tomas; 2007 [1516]; Utopía; Grupo Editorial Tomo; México.
