Ismael Vidales
Considerando que el general Victoriano Huerta, a quien el presidente constitucional don Francisco I. Madero había confiado la defensa de las instituciones y la legalidad de su gobierno, al unirse a los enemigos rebelados en contra de ese mismo gobierno para restaurar la última dictadura, cometió el delito de traición para escalar el poder, aprehendiendo a los ciudadanos presidente y vicepresidente, así como a sus ministros, exigiéndoles por medios violentos las renuncias de sus puestos, lo cual está comprobado por los mensajes que el mismo general Huerta dirigió a los gobernadores de los estados comunicándoles tener presos a los supremos magistrados de la Nación y su gabinete.
Considerando que los Poderes Legislativo y Judicial han reconocido y amparado en contra de las leyes y preceptos constitucionales al general Victoriano Huerta y sus ilegales y antipatrióticos procedimientos y considerando, por último, que algunos gobiernos de los estados de la Unión han reconocido al gobierno ilegítimo impuesto por la parte del ejército que consumó la traición, mandado por el mismo general Huerta, a pesar de haber violado la soberanía de esos estados, cuyos gobernadores debieron ser los primeros en desconocerlos, los suscritos, jefes y oficiales con mando de fuerzas constitucionalistas, hemos acordado y sostendremos con las armas el siguiente Plan:
1o. Se desconoce el general Victoriano Huerta como presidente de la República.
2o. Se desconocen también los poderes Legislativo y Judicial de la Federación.
3o. Se desconoce a los gobiernos de los estados que aún reconozcan a los poderes federales que forman la actual administración, treinta días después de la publicación de este Plan.
4o. Para la organización del ejército encargado de hacer cumplir nuestros propósitos, nombramos primer jefe del ejército que se denominará “Consitucionalista” al ciudadano Venustiano Carranza gobernador constitucional del estado de Coahuila.
5o. Al ocupar el Ejército Constitucionalista la ciudad de México, se encargará interinamente del Poder ejecutivo el ciudadano Venustiano Carranza, quien lo hubiere sustituido en el mando.
6o. El presidente interino de la República convocará a elecciones generales tan luego como se haya consolidado la paz, entregando el poder al ciudadano que hubiere sido electo.
7o. El ciudadano que funja como primer jefe del Ejército Constitucionalista en los estados cuyos gobiernos hubieren desconocido al de Huerta, asumirá el cargo de gobernador provisional y convocará a elecciones locales después que hayan tomado posesión de sus cargos los ciudadanos que hubieren sido electos para desempeñar los altos poderes de la Federación, como lo previene la base anterior.
Firmado en la hacienda de Guadalupe, Coahuila, a los 26 días de marzo de 1913.
Teniente coronel Jacinto B. Treviño; teniente coronel Lucio blanco; teniente coronel Agustín Millán; y firmaron muchos otros jefes y oficiales cuyos nombres pueden verse en la fuente respectiva, entre los cuales merecen especial mención don Cesáreo Castro, doctor Daniel ríos Zertuche, Alfredo Breceda; Francisco J. Múgica y Carlos osuna.
Figuran también los nombres de jefes y oficiales que secundaron el Plan de Guadalupe en Piedras Negras y Monclova, Coahuila y en Tlalnepantla, estado de México.
